La Flor Nacional Argentina
La flor del Seibo o Erythrina crista-galli (tambien
llamada Ceibo, Ceibo Macho, Chopo o Suinandí) ha sido
declarada flor nacional. La resolución del Gobierno aprobó
lo actuado por una comisión especial designada, la que en un
informe, que en su oportunidad se diera a conocer, aconsejó
la adopción en forma oficial de la flor mencionada.
La Comisión, que realizó los estudios pertinentes sobre los
diversos antecedentes y proposiciones presentadas a
consideración de la misma, estuvo presidida por el doctor
Ricardo Helman, oficial mayor del Ministerio de Agricultura,
integrándola, además, como vocales, los señores : profesor
José F. Molfico e Ing. Agr. Franco E. Devoto, por el
Ministerio de Agricultura; Dr. Carlos Obligado, por la
Facultad de Filosofía y Letras; Ing. Agr. Emilio A. Coni,
por la Academia de la Historia; Ing. Agr. Lorenzo R. Parodi,
en representación del Museo de La Plata; Ing. Agr. Arturo
Burkart, por el Instituto Darwinion; Dr. Horacio C. Descole,
por el Instituto Lillo (Tucumán), e Ing. Agr. Alberto V.
Oitavén.
Decreto del Poder Ejecutivo:
Buenos Aires, diciembre 2 de 1942
Visto el informe presentado por la comisión especial
designada por el Ministerio de Agricultura para proponer la
flor que pudiera ser consagrada flor nacional argentina y de
cuyas actuaciones se desprende :
a) Que la flor del seibo ha merecido la preferencia de gran
número de habitantes de distintas zonas del país, en las
diversas encuestas populares promovidas por órganos del
periodismo y entidades culturales y científicas,
b) que estas circunstancias han determinado el conocimiento
de la flor del seibo en casi todos los países de Europa y
América, donde ya figura, en virtud de dichos antecedentes,
como representante floral de la República Argentina,
c) que la flor del seibo, cuya difusión abarca extensas
zonas del país, ha sido evocada en leyendas aborígenes y
cantada por poetas, sirviendo también de motivo para trozos
musicales que han enriquecido nuestro folklore, con
expresiones artísticas de hondo arraigo popular y
típicamente autóctonas.
d) que el color del seibo figura entre los que ostenta
nuestro escudo, expresión de argentinidad y emblema de
nuestra patria.
e) que además de poseer el árbol del seibo, por su madera,
aplicaciones industriales, su extraordinaria resistencia al
medio y su fácil multiplicación han contribuido a la
formación geológica del delta mesopotámico, orgullo del país
y admiración del mundo.
f) que diversas instituciones oficiales, civiles y
militares, han establecido la plantación del seibo al pie
del mástil que sustenta nuestra bandera, asignándole así un
carácter simbólico y tradicionalista,
g) que por otra parte no existe en la República una flor que
encierre características botánicas, fitogeográficas,
artísticas o históricas que hayan merecido la unanimidad de
las opiniones para asignarle jerarquía de flor nacional, por
lo que las predilecciones, como se ha puesto de manifiesto
en las encuestas y concursos llevados a cabo,
h) que además no existe la posibilidad de que una
determinada planta abarque sin solución de continuidad toda
la extensión del país por la diversidad de sus condiciones
climáticas y ecológicas,
i) que la opinión de la mayoría de los miembros de la
mencionada comisión especial, después de analizar en sus
distintos aspectos la cuestión, se ha pronunciado en el
sentido de que sea el seibo el exponente floral de la
República Argentina.
Por todo ello,
El Presidente de la Nación Argentina, en acuerdo general de
ministros,
DECRETA :
Art.1. - Declárese flor nacional argentina la flor del
seibo.
Art.2. - El Ministerio de Agricultura adoptará las medidas
necesarias para que en los locales de la primera Exposición
Forestal Argentina a inaugurarse el 24 del corriente mes en
esta capital, estén representados el árbol y la flor del
seibo.
Art.3. - Comuníquese, archivesé y dese a conocer.
DECRETO Nro. 138474/42
-Descripción botánica.
Erythrina crista-galli : Arbol con la edad corpulento, de
5-10 m. de alto (a veces arbustivo) de madera blanca, blanda
; tronco hasta 70 cm de diámetro. Y más, corteza suberosa
resquebraja, persistente ; ramas arqueadas, glabras con
ápice delgado que suele secarse, aguijones raros recurvos,
dispersos, similares a los de una rosa, también 1 ó 3 en la
cara inferior del pecíolo y hasta en el nervio principal del
folíolo. Follaje caduco de invierno.
Bibliografía:
Los símbolos patrios, Dardo Corvalán Mendilaharsu.
Historia de los símbolos nacionales argentinos, Luis Cánepa
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